⬅ Volver al Portal

Protocolo de Prevención, Denuncia e Investigación del Acoso Laboral, Sexual y Violencia en el Trabajo

Conforme a las disposiciones de la Ley N° 21.643 ("Ley Karin") | Ingeniería y Servicios Webredes SpA
Compromiso Corporativo: Ingeniería y Servicios Webredes SpA promueve ambientes laborales seguros, basados en el respeto mutuo, la dignidad de las personas y la no discriminación. Cualquier acto de acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo es estrictamente prohibido y sancionado.

1. Definiciones Legales

2. Principios Rectores del Procedimiento

El procedimiento de recepción e investigación de denuncias se regirá bajo los siguientes principios inviolables:

3. Procedimiento para Denunciar

Cualquier trabajador/a que considere ser víctima o testigo de alguna de las conductas descritas puede formular su denuncia a través de los siguientes canales:

4. Vigencia y Sanciones

El presente protocolo rige desde el 1 de agosto de 2024 de manera indefinida. El incumplimiento comprobado dará lugar a las sanciones contempladas en el Reglamento Interno de la empresa, incluyendo el despido con causa justa según el Artículo 160 del Código del Trabajo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales correspondientes.